Reclamar una deuda a mi ex cuñada
Abogado Badajoz Francisco Jesús Gallego Sánchez
Abogado de Badajoz especializado en Derecho de Familia
Más que preocuparle la prescripción, que no operará antes de que adopte la decisión que más le interese, ha de saber si va a reclamar el pago o no.
Si no piensa reclamar es indiferente que prescriba o no la acción de reclamación y si lo va a hacer, es evidente que no debe demorar la petición, dado que la deuda data del año 2011.
Si decide reclamar, puede ponerse en contacto con nosotros.
La reclamación debe prosperar atendiendo a la documentación que dice tiene para acreditar la deuda.
Saludos.
JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Por ahora las deudas no han prescrito, pero para poner el reloj de la prescripción a cero, basta con que le remita un burofax con certificación de texto y acuse de recibo en el que le reclame de forma amistosa el pago de esas cantidades, además con ello se está fabricando una prueba más para un eventual procedimiento judicial de reclamación de la deuda.
Saludos cordiales.
Buenos días,
Entendemos que es un contrato verbal entre las partes y si no pactaron cuando debía devolverle el dinero prestado, deberíamos aplicar la teoría general de los contratos. Por lo tanto, usted tiene 10 años para reclamar la deuda a su excuñada.
En el caso de estar interesado no dude en llamarnos
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Comulgo con la tesis de mi compañero, Juan Pérez Aranda.
Sí puede reclamarlos desde mi punto de vista. Y, en principio, la prescripción ería de 15 años.