Reclamar ipc pensión alimentos
FRANCISCO DE BORJA MARTIN RICO ABOGADOS
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
Buenos días
Los alimentos son objeto de actualización, tal y como recoge la ley, si bien hay algunos factores a tener en cuenta entre los que destacarían si la ruptura fue de mutuo acuerdo o fue contenciosa y si los cónyuges pactaron algo en convenio o no, entre otros.
Si quiere que estudiemos el caso puede solicitar una cita y haremos todo lo posible por ayudarle.
Un saludo
ANDREU ALENDA ABOGADOS SCP
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes. Hay que ejecutar la sentencia y reclamar las actualizaciones de la pensión conforme al incide acordado, suele ser el IPC. Sería necesario ver leer la sentencia para confirmar desde cuando se puede actualizar y el indice a aplicar.
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
Estimado usuario,
Usted podría reclamar los últimos 5 años. Si lo desea puede concertarnos una cita para realizar la gestión de reclamación previa y/o en su caso judicial. Un saludo,