Reclamar paternidad y pensión
Buenas tardes,
informarle que debe iniciar una demanda de paternidad. Constará como padre el día que judicialmente se le reconozca la paternidad, a partir de ahí empiezan los derechos y obligaciones del padre, por lo que no puede reclamar pensiones de alimentos retroactivamente.
Estamos a su disposición para cualquier consulta o trámite.
Saludos
Estimada consultante, estamos ante un procedimiento de reconocimiento de paternidad, por lo que hasta que no se haya instado el reconocimiento no habrá derecho a la pensión de alimentos, Es claro que el resto de derechos incluso los hereditarios están intactos. Estamos a su disposición en Valencia.
Tendrías que demostrar la paternidad, con alguna prueba de que habeis tenido una relación y con la prueba de paternidad, en un procedimiento judicial.