Recoger el requerimiento monitorio por un familiar.

Buenos días. En el caso de que el último lugar de empadronamiento de un moroso fuese el domicilio paterno, ¿es posible que un familiar recoja el requerimiento de un proceso monitorio o tiene que firmarlo el denunciado?. Gracias.

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María José López Ordiales

Abogado de Badajoz especializado en Derecho Civil

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Resulta posible que la demanda de juicio monitorio la recoja un familiar que se encuentre en el domicilio, pues así lo prevee la Ley. No obstante, de haber variado el domicilio y hallarse éste fuera del partido judicial de Llerena, debería comunicarlo al Juzgado ya que este domicilio el que determina la competencia de un Juzgado u otro

MARIA JOSE LOPEZ ORDIALES

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ELADIO SANCHEZ & ASOCIADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Mercantil

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Sí. El art. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es claro:

"3. Si el domicilio donde se pretende practicar la comunicación fuere el lugar en el que el destinatario tenga su domicilio según el padrón municipal, o a efectos fiscales, o según registro oficial o publicaciones de colegios profesionales, o fuere la vivienda o local arrendado al demandado, y no se encontrare allí dicho destinatario, podrá efectuarse la entrega a cualquier empleado, familiar o persona con la que conviva, mayor de 14 años, que se encuentre en ese lugar, o al conserje de la finca, si lo tuviere, advirtiendo al receptor que está obligado a entregar la copia de la resolución o la cédula al destinatario de ésta, o a darle aviso, si sabe su paradero." Saludos,

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José FERNÁNDEZ ELENA

José FERNÁNDEZ ELENA

Abogado de Don Benito especializado en Derecho Tributario

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En caso de que te sea imposible localizar al moroso que buscas, cuando creas que has agotado todos los medios a tu alcance; no te preocupes, manifestase lo así al Juzgado, y pide al Sr./a Secretario/a que utilice los medios establecidos en la ley para que el Juzgado lo busque.

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