Recurso multa aparcamiento

Hola, hoy han multado a mi mujer por mal estacionamiento, el coche efectivamente estaba mal estacionado, es un cebreado que han pintado no hace mucho pegado a un muro por donde no hay posibilidad de que pasen los peatones, el asunto es que el agente le pidió la documentación del vehículo, se la dio, yo le dije si era necesario multarla por eso, tardamos menos de 5 min en dejar a nuestra hija de 3 años en el colegio, a lo que el agente me respondió"este fulano quien cojones es , estoy hablando contigo? , mi esposa le dijo es mi marido. Acto seguido el agente dijo , " pues mira , no la iba a denunciar, pero por tu chulería la voy a denunciar" yo me limite a preguntarle que era lo que le había dicho, a lo que el me contesto " lo primero no darme los buenos días".
Yo me fui de allí y el puso la multa. No le pidió el carnet ni el dni , le dijo simplemente que le dijera los datos . En la multa aparece el día y hora , la calle sin numero , la infracción (estacionar en zona destinada a paso de peatones) , el articulo 96.2 creo , los datos de mi mujer con aparecen con el apellido Martínez abreviado Mtnez. La multa es de 200€ , quisiera saber si se puede recurrir por defecto de forma y si se puede denunciar al agente por falta de respeto. Yo no soy ningún " fulano" y cuando le dio la multa a mi mujer le dijo " ahora dale las gracias a tu marido". Esto sucedió en Poio, Pontevedra, aquí la policía local está para joder no por seguridad.
Muchas gracias y disculpa las molestias

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Abogado tráfico Madrid - GJ Defensa Legal

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil

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Estimado consultante, en relación a la multa por mal estacionamiento, en principio por los datos que aporta, es una denuncia bien formulada, y el hecho de que no conste el número de la calle, inicialmente no es un defecto de forma, y aun en el caso de que usted recurriese la multa por interpretar que el no anotar el numero de la calle, es un defecto de forma, se trataría de un defecto subsanable y que la Administración puede corregir y notificarle de nuevo la denuncia habiendo salvado ese error.
Usted valore, pero como presente alegaciones pierde el descuento del 50% por pronto pago conforme dispone la normativa de tráfico.
En lo relacionado a la actitud del policía, tal y como lo cuenta usted, podría apreciarse unas injurias de carácter leve, si bien, al haberse despenalizado las injurias leves tras la reforma del Código Penal en el año 2015, estas deberán ser perseguidas en vía civil.
Si usted lo que desea, es que ese policia local, sea castigado de alguna manera por esa actitud totalmente reprochable al cualquier servidor público, lo que puede hacer usted es personarse en el Ayuntamiento al que pertenezca ese Policía Local y presentar una reclamación aportando aquellas pruebas ( testigos) que acrediten el comportamiento de ese Policia y dependiendo de la rigurosidad de ese Ayuntamiento o Jefatura del Cuerpo de Policia Local, abrirán un expediente informativo al policia local investigando los hechos, y de resultar acreditados, le impondrán al policia local una sanción disciplinaria.
Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de extranjería Prat de Llobregat Guillermo Duran
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Respecto el defecto de forma, si fueran de la magnitud suficiente, para no seguir la ley administrativa, correspondiente, podría anular la multa, el fondo o razón de ser de imposición de la misma.

Respecto una reclamación, al Ayuntamiento de Poio, Pontevedra, por la mala educación del agente, también la podrían hacer, pero para ello, necesitaría un elemento identificador del agente, sino , es difícil.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En casos como el que comenta tiene escaso o nulo recorrido alegar y luego recurrir, ya que al final pagará más. Por ello, y por razones puramente prácticas, valore pagar la multa con la reducción que le ofrecen, ya que le puede compensar.

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