Reducción de jornada por estudios oficiales.

Hola, me pongo en contacto por vosotros porque necesito pedir en mi trabajo una reducción de jornada por estudios oficiales. Os comento mi situación:
Actualmente soy trabajadora indefinida y ocupo el puesto de auxiliar de geriatría a media jornada en la Cruz Roja.
Mi horario de trabajo hasta este 31 de diciembre ha venido siendo de 8 a 12 de la mañana, es decir media jornada. Me acaba de comunicar mi jefa que a partir del 1 de enero de 2015 pasaré a trabajar a jornada partida 35 horas semanales entrando a trabajar de mañanas de 8.00- 11.30 y tardes de 16 -19:30.
Mi problema es que llevo 2 años estudiando un grado superior y justamente el 8 de enero de 2015 empiezo las prácticas en el hospital durante 6 meses por la tarde de 15h a 22h.
Yo no contaba con este nuevo cambio aunque en realidad mi jefa me había avisado de que podía producirse. No sé si puedo pedir una reducción de jornada por estudios oficiales (si se consideran las prácticas como estudios) y en caso de pedirlas si me las pueden denegar o cuanto tiempo tarda este proceso.
No he hablado con la empresa. No sé si hablarlo ya, esperar a que me cambien el contrato y pedir la reducción (aunque me ha comunicado mi jefa que al ser indefinida se realiza el cambio de manera automática sin necesidad de volver a firmar). Yo necesito las prácticas para obtener el título. ¿Cuánto me costaría el proceso?

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Contestado

Buenos días, El artículo 23 del Estatuto de los trabajadores dice expresamente:

1. El trabajador tendrá derecho:

a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional.

c) A la concesión de los permisos oportunos de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.

d) A la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los créditos destinados a la formación. El tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo.

Por lo tanto, puede solicitar esa reducción de jornada o una negociación con la empresa puesto que entiendo que es momentáneo la situación de las prácticas. Nuestro Despacho siempre intenta previamente ser negociador con la empresa antes de comenzar un proceso judicial. Puede ponerse en contacto con nosotros y solicitar una cita. Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado