Régimen gananciales o separación de bienes
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenos dias:
En principio puede presumirse que si, ya que en el Derecho Civil-matrimonial catalán, el régimen establecido salvo que los contrayentes manifiesten régimen matrimonial expreso diferente, es el de separación de bienes, por normal general, frente al resto del territorio. De todas formas y para asegurarse pueden comprobarlo en el Registro Civil solicitando un Certificado literal de matrimonio, donde estará indicado para que puedan corroborarlo. Saludos
Abogado accidentes tráfico Córdoba - Fernando Alcántara Abogados
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Civil General
Buenos días: En efecto, si se casaron en Cataluña, lo hicieron en régimen de separación de bienes. Si lo que quieren es cambiar el régimen económico al de gananciales, deberán acudir a una notaría. Saludos cordiales.