¿Registro civil erroneo?
Buenas tardes, ud. no tiene ningún documento acreditativo de que ostenta la custodia exclusiva de su hijo porque eso únicamente figura en una sentencia de divorcio o separación judicial o bien en una sentencia que acuerde medidas sobre el menor, caso de que no haya existido matrimonio. Tendrá ud. que instar un procedimiento de familia solicitando que se le atribuya a ud. la custodia de su hijo y la pensión de alimentos a cargo del padre. La sentencia que ud. por lo visto tiene, es una sentencia que declara quién es el padre, pero no la custodia ni la pensión de alimentos para su hijo porque, como le digo, eso se tiene que determinar en otro procedimiento distinto.
El hecho de que no figure el nº pasaporte del padre en el Reg. Civil no es un dato que le impida a ud. ejercer los derechos sobre su hijo.
Un saludo.
ANDREU ALENDA ABOGADOS SCP
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Para acreditar que Vd. ostenta la guardia y custodia en exclusiva de su hijo, debe acudir a la via judicial mediante un procedimiento civil de guardia y custodia y pedir que se le atribuya. Mientras no se acredite esto, ambos progenitores la ostentan, y se requiere el consentimiento de ambos para cualquier trámite referente al menor. En ese mismo procedimiento, puede solicitar que el padre abone una cantidad mensual en concepto de alimentos y se haga cargo de los gastos extraordinarios del menor.
Andreu Alenda Abogados
Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Laboral
Buenos días, debe acudir por via judicial e iniciar un procedimiento civil para que se la atribuyan, mientras tanto la tenéis ambos.
Un saludo