Repartición de herencia: renuncia de la herencia
ABOGADO HERENCIAS MARBELLA DEOGRACIAS
Abogado de Marbella especializado en Procesal Civil
Son dos herencias distintas. Y por renunciar a la herencia de una persona (su padre), no se pierde el derecho a recibir la herencia de sus abuelos.
Si sus abuelos tienen testamento hecho y éste es de fecha posterior al fallecimiento de su padre, habrán previsto esta circunstancia y la parte de su padre la habrán destinado a ustedes.
Si no fuese así, entra en juego la primera opción, que se contempla en el artículo 928 del código civil.
Saludos.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
En caso de sucesión intestada de los abuelos, al haber premuerto el padre, su hija tendrá, por derecho de representación, derecho a la herencia de los abuelos, siempre que los mismos vivieran al producirse el fallecimiento del padre, como parece deducirse de su pregunta.
Espero haberle sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo
Abogado Herencias Malaga Antonio Pardo Skoug
Abogado de Málaga especializado en Derecho de Familia
Son dos herencias distintas, por haber renunciado a la de su padre no tiene que afectar a la herencia de su abuelo.