Reparto de la herencia: subvención
Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Buenos días:
Hay que estar a la letra del testamento y la disposición testatmentaria del fallecido. Salvo que haya una mejora para alguno de los herederos, a todos podría corresponde por parte iguales la subvención. Cualquier cuestión relacionada con el reparto pueden hacerla a través de nustros teléfonos 670 804 601 o correo: cabanillasabogado@hotmail.com.
Le atenderemos gustosamente. La consulta es gratuita. No cobramos hasta que al final se soluciona el asunto. En temas de herencia nos avala una experiencia de más de 25 años.
Un saludo cordial.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Dependerá de cómo esté la sucesión y de las disposiciones testamentarias que se hayan hecho en el testamento, sin verlo no se puede contestar con rigor.
Si aún no se ha aceptado la herencia, las subvenciones serán un bien mas de la misma; si se ha adjudicado, hay que analizar mas a fondo como te comento, so pena de inducirte a un error.
Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia
Buenos días
Todo depende de lo que haya dejado dispuesto el causante en su testamente, si no dice nada, esa subvención les corresponde a todos.
Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar
Reciba un atento y cordial saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En una herencia hay que estar a lo que diga el testador en su testamento. Si se espera una subvención, sin especificar a quien corresponde, entiendo que debería repartirse a partes iguales, en principio.
ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
La subvención, salvo que haya otra disposición en el testamento al respecto, se debe repartir entre los 6 hermanos siempre que el derecho a percibirla haya nacido antes del fallecimiento del causante.
Un saludo.
Are-2Abogados.com