reponder con bienes personales

Mis socios y yo montamos una empresa hace tiempo que no está yendo demasiado bien por culpa de la crisis. Montamos una sociedad limitada y estamos comenzando a tener algunos impagos y reclamaciones por burofax. Yo soy el administrador de la sociedad, es posible que en algún momento me toque responder de las deudas con mis bienes personales?

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GIMENEZ-SALINAS

GIMENEZ-SALINAS

Abogado de Barcelona especializado en Seguros

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Como bien dice mi compañero, Vd., como administrador debe analizar la situación contable de la compañía y verificar si la empresa va a ser capaz de afrontar las deudas con acreedores. En caso de poder pagar todas las deudas puede pagar y liquidar la compañía. En caso contrario, debe presentar concurso en el plazo de dos meses desde que tiene conocimiento de la insolvencia. El concurso se puede presentar a continuidad o a liquidación. Se debe analizar su situación particular, pero tiene que actuar para no incurrir en responsabilidades. Le dejo mi correo: jcgs@gimenez-salinas.es. Saludos,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Sí, como administrador de la sociedad puede responder personalmente con sus propios bienes si conociendo el estado de la empresa no insta su disolución o su declaración de concurso. Para esta gestión quedamos a su entera disposición.

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