Residencia para familiar de ciudadano europeo

Soy brasileña casada con español, quiero traer mis padres para vivir en España.

Ellos van a vivir en la misma ciudad pero en otro piso, no estarán empadronados conmigo. ¿Pueden denegarles la residencia por eso?
¿Debemos presentar el empadronamiento de ellos y lo mío/mi marido?

¿La declaración de dependencia económica se hace en la extranjería en algún modelo oficial o debemos presentar nosotros (una declaración normal o debe de ser en notario)?

Gracias de antemano,

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Si va a pedir la residencia de sus padres, como parece sugiere, por reagrupación, sería importantísimo que éstos, al menos a su llegada, se empadronen con usted. Eso aumentaría las posibilidades de concesión de esa residencia. En cuanto a la acreditación de posibilidades económicas para la reagrupación, debe presentar junto a la solicitud de reagrupación justificantes de sus ingresos y gastos; no es necesario acudir al Notario para estos trámites. Para más información, contacte con este despacho

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Ariadna Lenarczyk Der - Abogada

Ariadna Lenarczyk Der - Abogada

Abogado de Granada especializado en Derecho Civil

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Estimada usuaria. Para que sus padres puedan venir a España por reagrupación familiar es necesario que ambos hayan cumplido 65 años y que estén a su cargo. Igualmente, es necesario que usted disponga de medios suficientes y acreditados para mantenerles. A lo dicho es necesario añadir que debe usted contar con una vivienda adecuada y acondicionada a las futuras necesidades de la familia. Espero haberle servido de ayuda. Un saludo.

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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Se firma un documento en la misma oficina de extranjeros de dependència econòmica si es necesario. Lo importante es que usted o su marido esten dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores. Creemos que para iniciar el trámite seria mejor estar empadronados juntos

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