Residencia para familiar de ciudadano europeo
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Si va a pedir la residencia de sus padres, como parece sugiere, por reagrupación, sería importantísimo que éstos, al menos a su llegada, se empadronen con usted. Eso aumentaría las posibilidades de concesión de esa residencia. En cuanto a la acreditación de posibilidades económicas para la reagrupación, debe presentar junto a la solicitud de reagrupación justificantes de sus ingresos y gastos; no es necesario acudir al Notario para estos trámites. Para más información, contacte con este despacho
Ariadna Lenarczyk Der - Abogada
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Estimada usuaria. Para que sus padres puedan venir a España por reagrupación familiar es necesario que ambos hayan cumplido 65 años y que estén a su cargo. Igualmente, es necesario que usted disponga de medios suficientes y acreditados para mantenerles. A lo dicho es necesario añadir que debe usted contar con una vivienda adecuada y acondicionada a las futuras necesidades de la familia. Espero haberle servido de ayuda. Un saludo.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
Se firma un documento en la misma oficina de extranjeros de dependència econòmica si es necesario. Lo importante es que usted o su marido esten dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores. Creemos que para iniciar el trámite seria mejor estar empadronados juntos