Revision de contrato de arrendamiento de un local
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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2 profesionales de acuerdo
el contrato de arrendamiento de local de negocios, se rige en primer lugar por la voluntad de las partes, en segundo lugar, y en el caso en cuestion, por la Ley de Arrendamiento Urbanos , de 24 de noviembre de 1994, y en tercer lugar por las disposiciones del Código Civil. Cuando se firma, libre y voluntariamente un contrato, este se constituye como ley entre las partes, salvo que manifiestamente sea ilegal Usted tiene que atenerse a las condiciones del contrato, y no me cosnta que haya ningún organismos público que gratuitamente revise contratos de arrendamiento de local de negocios
Despues de siete años ningun juez va a considerar ninguna cláusula abusiva. El arrendador.no tiene ninguna obligacion de bajar la renta, y menos cuando lo normal es que se haya pactado que la renta se actualice conforme al IPC
No hay ningun organismo que revise los contratos firmados, sólo los jueces. Lo unico que puede hacer es no continuar con el contrato, si no se ha pactado penalización