Riesgos de los contratos verbales con personas naturales
El Estatuto de los trabajadores establece que todo contrato temporal superior a cuatro semanas o contrato a tiempo parcial deberá constar necesariamente por escrito. Si se hace un contrato inferior a esas cuatro semanas pero a tiempo parcial entiendo que el riesgo de la empresa es que se entienda necesariamente que el contrato se ha realizado a tiempo completo, teniendo la empresa que cotizar el tiempo diferencial con los correspondientes recargos a la Seguridad Social.
ABOGADO DESPIDOS BARCELONA IB ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Los riesgos son muchos porque la relación laboral se puede demostrar aunque no haya contrato por escrito. Puedes ser condenada por despido y a pagar lacotizaciones sociales durante el tiempo de la relación laboral. Además las multas de la Inspección son muy importantes.
TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
Muy altos, ya que al no estar por escrito no queda claro cuál es el compromiso entre empresa y trabajador, y en estos casos, suelen verse perjudicados los intereses de la empresa.