Robo en el trabajo. ¿ La empresa se debe hacer cargo?

Un cliente me ha robado la cartera con documentación y dinero estando en el trabajo. Le estaba atendiendo y mientras he salido a hacer unas fotocopias, ha aprovechado para robarme y salir corriendo del despacho. Le he denunciado a la Policía, le han interrogado pero como ha dicho que el no ha sido y la por la presunción de inocencia, no le han hecho nada, se ha archivado el caso.
Quisiera saber si la empresa debe hacerse cargo de lo robado, ya que no tenemos taquillas, no se si es obligatorio o no, y ya que estaba en mi lugar de trabajo. El seguro no se hace cargo por ser un hurto. Debe hacerse cargo la empresa?

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Aconsejamos que la empresa compruebe si tiene contrato o no situaciones como la descrita. Además si usted dispone de un seguro privado (por ejemplo; el de vivienda) podría solicitar a la compañía aseguradora la cantidad hurtada para lo cual, debe aportar la denuncia policial en la que indicaba la cantidad exacta que denunció así como la propia cartera (el objeto en sí), cualquier otra duda, diríjase a www. avmed.es
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Pues en principio entiendo que la empresa no tiene por que hacerse cargo, salvop que por convenio hubiese estipulado algo en contrario.

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