Se me ha denegado incapacidad por no estar de alta,y no es cierto según su blog.

Abogado especialista en Herencias Alcalá Henares Doñoro Abogados
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil
Buenos dias.
Si se refiere a una situación de incapacidad permanente, se exige estar en situación de Alta, o asimilada al Alta, que son las siguientes,
La excedencia forzosa por cargo público o sindical.
La situación de incapacidad temporal, sin obligación de cotizar, así como la de invalidez provisional.
La situación de excedencia por periodo no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo o hija y la situación de excedencia para el cuidado de familiares.
La situación de la persona trabajadora durante el período correspondiente a vacaciones anuales retribuidas que no hayan sido disfrutadas con anterioridad a la finalización del contrato.
La situación de las personas trabajadoras fijas discontinuas que no sean llamadas al reiniciarse la actividad.
También se considera que cuando se esta en situación de baja, si se ha causada baja medica cuando se tenia un contrato de trabajo y posteriormente hay un despido o cese en la empresa, pero el medico considera que todavía no se esta en situación de reincorporarse al trabajo.
Si quiere ampliar la información, puede contactarme
Un saludo