derecho de consumidores
Guía publicada por:
cuando tengamos un problema jurídico relacionado con el consumo podemos elegir el juzgado de nuestro domicilio
Es habitual que cuando tenemos que presentar una reclamación de cantidad debamos acudir a los juzgados del domiciio del demandado. Ello supone, en caso de juicio, el problema del desplazamiento. En materia de consumidores y usuarios, la jurisdicción puede ser la del domiclio de que quien reclama -art. 90 de la ley de consumidores-. Esta prebenda nos favorece, nos beneficia, y a veces es una gran desconocida. Cualquier reclamación en esta materia es muy específica y debe estar revisada por un abogado especialista, porque la legislación de esta materia está repleta de sorpresas.
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