Se me puede aplicar la clausula suelo retroactivamente
Abogado Laboral Toledo - María Esther Galán Castellanos
Abogado de Toledo especializado en Derecho Administrativo
-
1 voto útil
Buenos días. Debemos de leer cuidadosamente tanto la anterior escritura como la de subrogación, y compararlas. Si en la nueva escritura se recoge la cláusula sin techo ni suelo es a ella a la que debe remitirse para reclamar y el Banco no puede aplicarle el interés del 3% desde el inicio, salvo que se lo estuviera aplicando desde entonces que es lo más probable. Debe de reclamar. Quedo a su disposición. Saludos. M ª Esther Galán Castellanos.
Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
Habría que ver el fundamento de la aplicación de la cláusula suelo y comprobar si la tiene en su contrato y si adolece (como casi seguro que ocurrirá) de falta de transparencia, para en su caso proceder a pedir que se la quiten por ser nula de pleno derecho. Dirija primero una carta al banco en tal sentido y si no le contestan o no lo hacen satisfactoriamente se debería plantear demandar al banco.
Hay que analizar exhaustivamente la escritura de préstamo inicial así como la base de la documentación.
Le atenderemos sin compromiso en la persona de Ane Miren Magro.