Se pasó el plazo de ejecución?
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Abogado Vilanova i la Geltrú Ramos Palacios Abogados
Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho Inmobiliario
Contestado
Buenos días:
El plazo para ejecutar una sentencia es de 5 años, de modo que si la sentencia es de 2011, el plazo para ejecutarla finalizó en 2016. Se tendría que ver de qué proviene esa deuda que ahora reclama CAIXABANK y si el título deriva de la misma sentencia o no.
Espero haberte contestado.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
Buenos días, puede ir al Juzgado Decano de Tenerife y que le faciliten un listado de los procedimientos en los que ud. es parte.
Un saludo.
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