Se puede cambiar un convenio asi como asi?

Soy separada hace 7 años , me pasa de pension de alimentos 300€ el padre dice que como ahora no vive en casa , ( pero viene los fines de semana) no tiene porque pagarme la pension completa, QUE EL YA SE HA INFORMADO y le han dicho que solo tiene que darme la mitad, es decir 150€ el y yo 150€ y los demas gastos a partir. hasta que punto el puede cambiar un convenio.El padre le dio el otro mes a el sin que pasara por mi la pension completa es decir 300 para alimentos del hijo y yo me he hecho cargo del alquiler 125€ luz y agua seguro, telefono y si no le llega del dinero ahon me lo pide ami que en total tambien llego a los 300.Quisiera que me dijerais si esto es correcto, lo que quiere hacer el padre. Gracias

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ABOGADO HERENCIAS VALENCIA - BARCELONA EJP ABOGADOS
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Buenos días. En principio, un Convenio Regulador solo puede modificarse o bien de mutuo acuerdo, o bien de forma contenciosa, pero siempre pasando por el Juzgado. La ley lo que dice (Código Civil), es que lo establecido en Sentencia (ya sea aprobando un mutuo acuerdo o no), solo puede modificarse si se produce un cambio sustancial de las características tenidas en cuenta en el momento de adoptarse dichas medidas. En el supuesto que Ud. plantea, parece que no tenga ese derecho, de reducir unilateralmente la pensión de alimentos, si bien sería preferible disponer de un poco más de información al respecto. En resumen, y como norma general, no se puede modificar lo dispuesto en Convenio de forma unilateral, y sin pasar nuevamente por el Juzgado.

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Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
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No es correcto, para variar un convenio hay que iniciar un procedimiento judicial de modificación de medidas, por tanto no se puede adoptar esa medida aleatoriamente. Vd. puede reclamarle por vía judicial el impago de pensiones. En el caso de que se hijo sea mayor de edad, que por lo que deduzco lo es, y si no es independiente económicamente, ambos tienen obligación de alimentarlo. Es decir siempre se debe de acudir por parte de su ex marido a un procedimiento de modificación de medidas cuando las circunstancias han variado sustancialmente desde el momento en que se dicto la sentencia que aprobaba las medidas judiciales

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RF Abogados

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

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Buenas tardes,

Lo que pretende hacer el padre NO ES CORRECTO, no tiene ni el derecho ni la potestado como para decidir cambiar la cuantía de la pensión.

Todo lo que no le pase de la pensión apúnteselo, ya que se le podrá reclamar después.

Puede contactar con nuestro despacho a través de secretaria@rfabogados.es si tuviera alguna consulta más, o si decidiera reclamar lo que le deba el padre en un futuro.

Un saludo
www.rfabogados.es

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VELA ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenas tardes. Así como así, no se puede. Debería instar un procedimiento de modificación de medidas, si es que su ex-marido considera que dicha pensión no debe pagarla en su totalidad por los motivos que sean. Mientras no lo haga así, usted puede reclamarle la falta de pago de dicha pensión. Quedamos a su disposición para estudiar su asunto con mayor detalle, si lo desea.

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BARCELONA - EJP ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil

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Para poder cambiar un convenio, hay que instar un procedimiento judicial denominado de modificación de medidas. Puede ser de mutuo acuerdo si las partes lo están, o contencioso y si no hay acuerdo entre las partes. La modificación de un convenio no puede ser unilateral ni extrajudicial.

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Carbonell Barber Abogados

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Abogado de Carcaixent especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

De ninguna de las maneras puede el padre modificar un convenio regulador. Si quiere hacer alguna modificación debe solicitarlo al juzgado. Si necesita información sobre alguna cuestión, estamos a su disposición en Carcaixent (Valencia).
Saludos

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