Efectividad pensión de alimentos

Buenas tardes:

Mi caso es el siguiente: tengo sentencia con fecha 18/11/13 y mi ex pareja me reclama que abone íntegra la pensión del mes de noviembre. En dicho mes he realizado diversos pagos como colegio, comedor y autobús, los cuales vengo realizando desde la interposición de la demanda, con lo cual me gustaría saber si estoy obligado a realizar el pago de la pensión de ese mes, en la sentencia no hace referencia al mes que debo de empezar a pagar, por ello he realizado el pago del mes de diciembre, con lo cual tan solo quiero saber si tengo esa obligación.

Gracias

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GALIANO & CORT- ABOGADOS

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Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Buenas tardes, la obligación de abono de la pensión es correcta la del mes de diciembre, máxime cuando no dice nada la sentencia. De hecho lo normal es que en la sentencia diga que el pago de la pensión se realizará en los cinco primeros días de cada mes.

Espero que le haya sido de ayuda mi respuesta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado