¿se puede desheredar por falta de atención?
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No. El que puede desheredar es solo el fallecido. Dado que no hay testamento, habría que hacer acta de notoriedad y reparto de bienes.
También habría que ver si la vivienda, que está a nombre de tu madre, era privativa o ganancial ya que en este último caso se tendría que hacer primero la liquidación de gananciales y repartir el 50% que le pertenecía a la madre y el 50% que le pertenecía al padre.
Si el bien es privativo, solo habría que hacer la herencia de la madre.
Estamos a su disposición para lo que necesite. Un saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Comparto totalmente la tesis de mis compañeros A. CAÑIZARES ABOGADOS, y por ende no se les puede desheredar.
León Bendayán
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario
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Totalmente de acuerdo con mis compañeros.
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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Coincido con mis compañeros.