¿Se puede dictar sentencia sin el informe del fiscal?

Hola,

Sobre custodia compartida. ¿Puede dictarse sentencia sin que exista informe del fiscal?
La sentencia se ha dictado a la espera del informe fiscal.

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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No puede dictarse sentencia sobre custodia, ni compartida, ni no, sin informe del Ministerio Fiscal. Esta sentencia sería nula, es decir, las partes pueden solicitar su anulación por un defecto procesal.
Esto es así por cuanto el Ministerio Fiscal debe actuar en todos los procedimientos judiciales en los que se vean afectados los derechos de los menores, y, esto es especialmente así cuando deba decidirse sobre la custodia.
El informe puede prestarse por el Fiscal:
- tras el juicio (por escrito, cuando el Ministerio Fiscal no ha comparecido al juicio);
- o bien en el mismo acto de juicio (de palabra, ya que el Fiscal debe comparecer al acto de la vista).
En caso de necesitar mayor información al respecto, podemos analizar su caso concreto: puede usted contactar con este despacho (especializado en Derecho de Familia) facilitándonos su teléfono para que nos pongamos en contacto con usted a través de nuestro mail zamora.valle@icater.org.
Atentamente.
JORGE ZAMORA VALLE (ABOGADO)

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
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Buenos días,
Cuando hay hijos menores es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal i se le da traslado de las actuaciones para que manifieste lo que considere necesario y vele por el interés de los menores.
A veces no consta por escrito en las actuaciones porque lo hace oralmente en el juicio.
Sería conveniente conocer el procedimiento para ver que es lo que ha sucedido y, si realmente no se le ha dado traslado, pues quizás debería solicitar la nulidad de las actuaciones. Consulte con el profesional que le lleve el tema.
Si desea una segunda opinión no dude en llamarnos.
Un saludo,

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Generalmente no, si hay hijos menores; puede haber transcurruido el plazo para el fiscal para realizarlo, ero no es habitual. No obstante su abogado le puede responder a esta pregunta al disponer de todos los datos y circunstancias de su caso. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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Dada la concurrencia de hijos menores, no es posible.
En todo caso y en atención a las particlaridades concretas que puedan existir, su abogado le asesorará convenientemente.
Saludos.

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