Se puede pedir intereses o no
Si además de tener la cláusula suelo, cuya nulidad sabe que puede solicitar por vía judicial, siempre y cuando se acredite la falta de transparencia, le han cobrado un interés mayor al que le correspondia pagar, evidentemente, puede vd. solicitar la devoluación del importe pagado de más, ya que ambas partes contratantes tienen la obligación de cumplir el contrato en todos sus términos, sin que estos puedan ser unilateralmente modificados.
En cuanto a los intereses, estaríamos hablando del interés legal hasta el momento de dictarse sentencia y del interés legal más dos puntos desde el momento en que se dicte la sentencia.
Le atenderemos en el 944232400 o en el 619236927 en la persona de Ane Miren Magro.
Si en verdad el interés cobrado es superior al que corresponde por contrato, puede pedir los intereses legales hasta el momento de dictarse la sentencia en concepto de devaluación monetaria. Si requiere fehacientemente al banco a la devolución del importe, entonces podrá pedir los intereses por mora que figuren en el contrato, que le será más favorable. Ese interés se incrementa en dos puntos después de una eventual sentencia condenatoria.
Para más información, póngase en contacto con nuestro despacho. Antonio Villanueva Abogados. 986891821/antoniovillanueva@icapontevedra.es