¿Se puede recurrir una sentencia firme en lo penal?

Hola. Me han llamado del Juzgado de instrucción, para apersonarme para firmar una sentencia firme en el que debo pagar una indemnización y una multa a la persona que interpuso la demanda. Fue de mi ex-pareja en el que decía yo había robado su móvil, yo asistí con abogada, eso fue en el mes de Noviembre del 2014.

Él no tenía pruebas de que yo tuviera su móvil y el juez le preguntó si en esos instantes lo tenía y el dijo que sí, que estaba en su poder. Ahora me llaman del juzgado y que tengo que pagarle, sin antes ser notificada, ni apersonada, me dijo la persona de la llamada, que se lo habían notificado a la abogada y que ella no apeló.

Yo aún no he ido a firmar la sentencia, ya que me han citado para la siguiente semana, ¿se puede recurrir? ¿O hacer algo al respecto? Un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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La sentencia le tiene que ser notificada personalmente, tenga o no representante designado. A partir del día siguiente comienza a correr el plazo de cinco días que tiene para recurrir, sin contar sábados no festivos. Por lo tanto, anticipece y vaya hablando con un abogado sobre la viabilidad de un posible recurso.

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ABOGADO DEFECTOS DE CONSTRUCCION MADRID LARIX ABOGADOS
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Entiendo que lo primero que tiene que hacer el ir a recoger la sentencia y después observar si ha transcurrido el plazo para poder ser recurrida.
Reclame en el juzgado un certificado de haber sido notificada su abogada.

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Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
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Buenos días: claro que si puede recurrir porque el plazo para recurrir comienza desde la notificación a la ultima de las partes, en este caso usted.

Póngase en contacto con nosotros.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Acuda al Juzgado y pida que le notifiquen la sentencia, a partir de entonces tendrá 5 días hábiles para recurrir en apelación si no está conforme.

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