¿Se vulnera el art.50 de la constitución cuando se le extingue la pensión no constributiva a un pensionista por fuerza mayor?
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Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral
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Contestado
Buenos días,
Para el correcto reconocimiento y abono de las prestaciones no contributivas, se aplican las normas que prohíben el fraude.
La Administración autonómica (en este caso Canarias) encargada de la gestión debe acreditar y probar que ha existido fraude o incumplimiento (salida del territorio nacional más de 60 días) o incompatibilidad con otra prestación o ingreso del solicitante (art. 6.4 y 7.2 del código civil)
Reciba un cordial saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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