El seguro no se hace cargo del mi vehículo robado

Buenas tardes, mi caso es el siguiente:

Hace dos años me compré una furgoneta, en perfecto estado, de segunda mano, un chollo la verdad. 4.300€ por una furgoneta que vale mucho en el mercado. Lo único, que parte del dinero se dio en B y se hizo por 1.000 euros. Aún así, no tuve ningún problema en la compra, ni con hacienda ni con nada, todo legal.

Durante casi un año la tuve parada sin seguro, salvo cuando la utilicé que la saqué uno por días. Casi al año, le hice un seguro a todo riesgo y 8 meses después me han robado la furgoneta. Hice la denuncia pertinente y me pidieron documentación de la furgoneta.
Les di lo que pedían, contrato de compraventa, fotos del vehículo y última factura de un taller (la cual tuve adjuntar la última factura que le hizo el anterior dueño meses antes de vendérmela. Todo esto se lo mandé a la empresa y un mes más tarde recibo un paquete de la aseguradora con todos los papeles y las llaves que les entregué, el cual dice que no se hacen responsables del robo.
Hablé con el responsable que llevaba mi caso y me pidió la documentación y me dijo que la furgoneta me había costado muy poco y que no le cuadraba la venta porque valía mucho más y que la furgoneta no tenia la ITV pasada.

Me gustaría saber qué opciones tengo.

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Abogado Accidentes Leganés - Abomedia Asesores
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Pues lo primero es que si aseguró a todo riesgo la furgoneta, se la debieron peritar, existiendo la obligación por parte de la aseguradora de realizarle un cuestionario sobre el aseguramiento (que seguramente no le hicieron), sin el que la aseguradora pueda oponerle ninguna circunstacia sobre el riesgo asegurado por ella que no conociera a posteriori de la manifestación de éste, es decir, una vez que se la robaron.

En segundo lugar hay que examinar el clausulado de su póliza en cuanto al aseguramiento del robo en cuanto a la cuantificación del daño, es decir, si su póliza dice que se valorará el vehículo en su estado anterior al robo y dicha valoración se realiza por Ganvam, Eurotax....el valor de compra es indiferente ya que lo que prima es lo que usted pactó con la aseguradora mediante contrato de adhesión(si se incluyen extras...etc), ahora la aseguradora no le puede oponer que compró la furgoneta barata y le vaya a pagar más de lo debido, ya que le tendrá que pagar lo que ponga en su contrato con las reglas establecidas en éste, ya que la compañía fue la que le calculó su prima con respecto al objeto de aseguramiento y las coberturas contratadas.

Coincido con los compañeros que le indican que hay que estudiar toda la documentación. Recuerde no obstante que las acciones contra la propia compañía aseguradora por incumplimiento de contrato según el art 23 de la LCS prescriben a los 2 años.

Saludos cordiales

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Habría que estudiar la póliza de seguro y la documentación del vehículo; si no se la pidieron a la hora de asegurar, sorprende que se la pidan a la hora de pagar.
En cualquier caso, el valor por el que se estimó la póliza sería el normal de mercado, por lo que el hecho de que Vd. lo compre mas barato, en nada influye, salvo que si va a comprar otra similar, será el precio de mercado el que le cueste sustituirla.
No indica exactamente la causa del rehuse del siniestro, si es por presunto fraude, o con base a algún apartado de su póliza, por lo que insisto en la necesidad de realizar un estudio exhaustivo para darle una respuesta con un poco de rigor.
Espero haberle sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.

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V Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

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Estimado cliente, lo más probable es que la desaparición de la furgoneta haya sido calificada como hurto, en cuyo caso la mayoría de los seguros se eximen de responsabilidad. En cualquier caso, no dude en contactar con nosotros si necesita un abogado especializado que reclame sus derechos como asegurado.

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Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
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Buenos Días:

Señalarle que si su seguro cubre el riesgo producido, su seguro debe hacerle responsable del mismo, otra cosa será el valor que den al mismo, y que será un segundo motivo de discusión.

Un saludo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mis compañeros abomedia asesores.

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ARE2 ABOGADOS

ARE2 ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Are-2Abogados.com

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