Separación de pareja de hecho

Llevo 22 años viviendo en pareja. Tenemos dos hijos: uno de 15 y otra de 23. ¿Tienen derecho a una manutención ya que se vienen a vivir conmigo de alquiler?

Respuestas de otros profesionales:
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Manuela Díaz Noa

Mediador de Sevilla especializado en Derecho de la Circulación

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Buenos días.
En relación a los hijos, el régimen legal sería "casi" como si hubiesen estado casados y, en principio, sí tendrían derecho a esos alimentos por los que pregunta, al menos el hijo menor de edad.
De todas formas, si al final va a necesitar un abogado para tramitar este tema, le sugiero que le consulte desde ya y que no tome ninguna decisión, ni siquiera la del alquiler, antes de hacerlo.
Suerte.
mdn

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenas tardes: En el caso del menor de edad, si le corresponde en todo caso, y en el caso del mayor de edad depende de si está trabajando o estudiando. En el segundo caso también. Es independiente de que la residencia familiar la establezca en una vivienda de alquiler o no. Saludos

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PABLO MBQ

PABLO MBQ

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Buenos días. Efectivamente, con la ruptura de la relación, procede instaurar una pensión de alimentos a favor de los hijos que lo necesiten. Esta pensión puede ser consensuada por ambas partes en un convenio regulador, o solicitada al Juzgado mediante demanda contenciosa.

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Abogado Bancario Alcalá de Guadaíra ATENEO ABOGADOS
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Los hijos menores y los mayores de edad que no se valgan por sí mismos tienen derecho a una pensión de alimentos a cargo del progenitor con el que no convivan.

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