¿si denuncio a caja granada me devolverán mi dinero?

Hace unos años compre una casa y la fecha de entrega era en octubre de 2010 y la vivienda no esta terminada.He reclamado al promotor los 37000 euros entregados pero éste dice no tener dinero.Les he preguntado por el aval o el seguro tanto a promotor como a Caja Granada, que es donde ingrese el dinero en varias entregas pero me dicen que no hay.He leído foros y sentencias en Internet, en unas responsabilizan a promotor y financiera a medias y en otra a la financiera por permitir el que no existiera aval o seguro.También he visto una que sentencian a pagar el doble de lo entregado por el articulo 1454 del cv.¿que posibilidades hay de recuperar mi dinero?¿A quien denuncio al promotor que no va a pagar o a la financiera o a los dos?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
Contestado

En primer lugar, informarle que para darle una respuesta correcta a su pregunta necesitaría ver la documentación que posee respecto al Contrato de compraventa de la vivienda, a fin de estudiar las cláusulas que se establecieron, sobre todo, si existe o no aval o seguro de las cantidades entregadas a cuenta; ya que, en ciertas ocasiones y no siendo el procedimiento normal, las entidades financieras no han entregado aval... La responsabilidad recae tanto en la Promotora, como en la entidad financiera en la que se aperturó cuenta especialmente para el pago de las cantidades.

Para más información, puede ponerse en contacto mediante correo electrónico (ivelajabogados@hotmail.es).

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Belén Bonilla ABOGADOS

Belén Bonilla ABOGADOS

Abogado de Vícar

VER PERFIL
Contestado

Aquí hay un incumplimiento contractual por no haber terminado a tiempo la vivienda, y se demandaría al constructor-promotor de la vivienda pidiendo la resolución del contrato, y la devolución de las cantidades entregadas. Dependiendo del contenido del contrato se puede pedir que devuelva el doble del importe entregado. En todo caso, no se puede hacer una valoración más precisa sin conocer el contenido del contrato. Si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso. Nuestro despacho es Bonilla y López Abogados, en Bv. Ciudad de Vícar, 1285, 3ºA4 Puebla de Vícar (Almería).

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
JUAN FRANCISCO MARTIN PADILLA

JUAN FRANCISCO MARTIN PADILLA

Abogado de Almería especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Buenos días,

Con la información que usted da le puedo decir que el retraso constituye un incumplimiento contractual por parte de la promotora de la vivienda. Le puedo adelantar que se podría pedir y conseguir que se dictara sentencia para que le devuelvan el dinero.

Quedo a su disposición para realizar una consulta más exhaustiva y comentar los pormenores del procedimiento con usted.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Contestado

En primer lugar habría que ver la documentación de que disponga y estudiar el asunto con detenimiento. Si le parece bien, me ofrezco a hacerle ese estudio para lo cual puede ponerse en contacto conmigo bien mediante solicitud de contacto en esta misma respuesta, o bien por correo electrónico dirigido a german@icasevilla.org

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Sergio García Y Asociados

Sergio García Y Asociados

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

Contestado

Habría que ver la documentación al respecto. Pero lo que es cierto que las cantidades dadas a cuenta en una promoción tienen que estar avaladas por una entidad financiera o aseguradora.
Mandenos la documentación a s.g.n@ono.com y podremos ayudarle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor