Sigue siendo pareja de hecho?
Abogado Divorcio Girona JOSE TRIVIÑO
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
Uno de los motivos por los cuales las parejas de hecho se pueden extinguir es por la voluntad de unos de los miembros sin necesidad de consentimiento del otro. Lo único obligatorio es notificar al otro miembro de forma fehaciente (que quede constancia).
Otro motivo es si se produce una separación de hecho por más de un año. Por ejemplo, demostrar que residen en domicilios diferentes.
En el caso que nos comentas la pareja de hecho se ha disuelto por ambos motivos: desde que el otro miembro tubo conocimiento de la instancia y además, por llevar más de dos años separados.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
ADVOCAT ACCIDENTS DE TRÀNSIT GIRONA SUSANNA CASTELLVI
Abogado de Sant Feliu de Guíxols especializado en Derecho de Familia
Hola,
Para ser "pareja estable" debe darse al menos una de las siguientes circunstancias:
Convivencia anàloga a la matrimonial ininterrumpida durante más de dos años
Tener un hijo en común durante la convivencia
Formalizar la relación es escritura pública.
Por lo que deduzco no se llegó a dar nunca ninguna de estas circunstancias por lo que legalmente nunca llegaron a constituir una pareja estable. Los registros de los Ayuntamiento sirven como elementos probatorios de la convivencia análoga a la matrimonial, pero no para constituir la relación como de "pareja estable de hecho".
Saludos,
ADVOCAT ACCIDENTS DE TRÀNSIT GIRONA SUSANNA CASTELLVI
Abogado de Sant Feliu de Guíxols especializado en Derecho de Familia
Hola,
Para ser "pareja estable" debe darse al menos una de las siguientes circunstancias:
Convivencia anàloga a la matrimonial ininterrumpida durante más de dos años
Tener un hijo en común durante la convivencia
Formalizar la relación es escritura pública.
Por lo que deduzco no se llegó a dar nunca ninguna de estas circunstancias por lo que legalmente nunca llegaron a constituir una pareja estable. Los registros de los Ayuntamiento sirven como elementos probatorios de la convivencia análoga a la matrimonial, pero no para constituir la relación como de "pareja estable de hecho".
Saludos,
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
Hola, dejan de ser pareja de hecho al cesar la convivencia. Ahora bien si tienen hijos en común y/o bienes en común entonces deben acordar las correspondientes medidas en relación a sus hijos y a sus bienes en común. Si no lo hacen de mutuo acuerdo entonces pueden tramitar el correspondiente procedimiento judicial contencioso ante el Juzgado de Santa Coloma de Farners.
Quedo a su disposición,
Santi Pérez
Abogado
Abogado Despidos Palma de Mallorca María Marcelina Sobrino Vallez
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Responsabilidad Civil
Esa instancia de no convivencia, al ser una manifestación personal y real, sin impugnación, es totalmente válida, y suficiente.
Al igual que mi compañera, si hay bienes en común o hijos, hay que interponer la demanda ante el Juzgado.