Sociedad constituida en Uruguay con socios españoles

Uno de los socios, residente en España, no cumple con los pagos correspondientes a su porcentaje del 55% de su cuota. Esto ha generado deudas aquí en Uruguay, no cumple con su aporte, por lo que no podemos cumplir con el objeto o fin de la sociedad. Los dos socios han puesto el doble del dinero que les corresponde por su cuota. Y esta persona no responde ni correos ni llamadas al móvil ni mensajes de texto. ¿Se le puede intimar de alguna forma a que pague o venda?

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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Contestado

Entiendo que la sociedad fue constituida en Uruguay y de conformidad con las leyes Uruguayas que son las que determinaran la obligación de cada socio. Se debe saber que tipo de sociedad constituyeron y que obligaciones tienen los socios. Entiendo que la ley aplicable a estas cuestiones es la ley de Uruguay y si aquella determina que hay que contribuir se le podrá reclamar su quota. Cuestión distinta será determinar si no cumple la reclamación extrajudicial en que tribunales se le puede demandarle para hacerle cumplir. Esto es más complicado aunque hay convenio de cooperación judicial con Uruguay esta materia no esta expresamente incluida, lo que dificultaría el reconocimiento en España de una resolución de Uruguay. En una consulta más extensa se podría analizar todas las posibilidades.

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