Subida pension de alentps
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Buenas noches.
La pensión de alimentos se incrementa o disminuye según el IPC del año,natural desde que entro en vigor el convenio o la sentencia, no tiene por qué ser en enero. Debe usted comprobar desde cuando tiene obligación de pagar alimentos, y solicitar el IPC desde es mes al mismo mes del año actual.
Para cualquier aclaración o si desea contar con nuestros servicios no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
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Buenas tardes, la subida no tiene que ser desde enero, sino desde el mes en que se dictó la sentencia o se estableció en el convenio regulador. Tiene que esperar al IPC definitivo para saber cuál es el porcentaje exacto. Un saludo
Concepción Núñez
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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Por ahora solo tenemos el IPC adelantado (no defintivo) que marca un -1'1% por lo que correspondería bajar la pensión en ese porcentaje, aunque debe esperar a que se publique el IPC defintivo.
Un saludo,
Eduardo Llarena
Abogado Laboral LaboralClic
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Relaciones Sindicales
El periodo de vigencia del convenio utiliza como referencia el año natural, es decir se coge como primer mes el mes indicado en convenio. Por tanto el incremento según IPC al cabo de 12 meses viene determinado por la situación del IPC al cabo del mismo periodo.
Si necesita alguna claración no dude en consultar con nosotros.
Un saludo.