Sucesión de herencia española residente en el extranjero

Buenos días, soy española y tengo residencia permanente en Portugal, he aquí comprado una casa y un coche. Actualmente estoy como pareja de hecho(en portugal las parejas de hecho no heredan) pero el próximo año pienso casarme, y aquí en Portugal, el primer heredero en la sucesión es el cónyuge y los hijos a partes iguales. En mi caso, tengo una hija que vive en España, que no es hija de mi pareja, y quisiera que si me pasa algo, sea ella mi primera heredera, como marca el código civil español. He estado leyendo, que residiendo en un país de la comunidad europea, puedo decidir que se aplique la ley de sucesión española. Y quiero saber, como puedo hacer esto, si tengo que hacerlo ante notario, si lo puedo hacer en Portugal o en España. Gracias desde ya, y necesito bastante de vuestra ayuda antes de tomar la decisión de casarme o no.
Un saludo.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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Buenos días. Por centrar el asunto. Usted es ciudadana española y como tal tiene la posibilidad de otorgar testamento en el consulado. Al momento de hacerlo debe manifestar que opta para regir su sucesión por la ley española de manera que excluya la ley de su residencia habitual. Así que no es tan complicado de resolver a nivel práctico. Respecto de la decisión de contraer matrimonio poco es lo que puedo decirle. Es usted quien debe afrontarla. Ahora bien, lo relativo a la regulación de su régimen matrimonial y de aquellas cuestiones personales o patrimoniales que le preocupen es materia en la que estoy a su disposición si desea concretar las circunstancias del caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Después de la entrada en vigor del reglamento UE sobre sucesiones, se le va aplicar la ley de su residencia habitual que entiendo que es Portugal, pero puede escoger que se le aplique la ley de la nacionalidad y en su caso además según parece quiere la del código civil español y no uno de los régimenes territoriales como el catalán.
Esta elección la puede hacer tanto en España como en Portugal. Es importante ver como para que no tenga ningún problema en ningún país.
La decisión de matrimonio es personal pero también debería pensar que régimen económico quiere que rija su matrimonio (siempre bastante relacionado con la herencia)
Puede ir a consulado español que hace funciones notariales para atorgar testamento, escoger ley aplicable y determinar el régimen economico matrimonial. Si quiere más consejo de como hacerlo no dude en contactar no nosotros. Somos especialistas en estos temas y le podemos asesorar en todos los pasos.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si quiere evitar lo que dice, haga testamento y designe en dicho testamento a su hija como heredera manifestando en ese momento que quiere que se aplique a la sucesión la Ley española, algo que puede hacer por un coste reducido en cualquier notaría española que tenga cerca o en la delegación diplomática más cercana.

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