Sucesión de herencia española residente en el extranjero
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
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Mejor respuesta según autor
Buenos días. Por centrar el asunto. Usted es ciudadana española y como tal tiene la posibilidad de otorgar testamento en el consulado. Al momento de hacerlo debe manifestar que opta para regir su sucesión por la ley española de manera que excluya la ley de su residencia habitual. Así que no es tan complicado de resolver a nivel práctico. Respecto de la decisión de contraer matrimonio poco es lo que puedo decirle. Es usted quien debe afrontarla. Ahora bien, lo relativo a la regulación de su régimen matrimonial y de aquellas cuestiones personales o patrimoniales que le preocupen es materia en la que estoy a su disposición si desea concretar las circunstancias del caso.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
Después de la entrada en vigor del reglamento UE sobre sucesiones, se le va aplicar la ley de su residencia habitual que entiendo que es Portugal, pero puede escoger que se le aplique la ley de la nacionalidad y en su caso además según parece quiere la del código civil español y no uno de los régimenes territoriales como el catalán.
Esta elección la puede hacer tanto en España como en Portugal. Es importante ver como para que no tenga ningún problema en ningún país.
La decisión de matrimonio es personal pero también debería pensar que régimen económico quiere que rija su matrimonio (siempre bastante relacionado con la herencia)
Puede ir a consulado español que hace funciones notariales para atorgar testamento, escoger ley aplicable y determinar el régimen economico matrimonial. Si quiere más consejo de como hacerlo no dude en contactar no nosotros. Somos especialistas en estos temas y le podemos asesorar en todos los pasos.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si quiere evitar lo que dice, haga testamento y designe en dicho testamento a su hija como heredera manifestando en ese momento que quiere que se aplique a la sucesión la Ley española, algo que puede hacer por un coste reducido en cualquier notaría española que tenga cerca o en la delegación diplomática más cercana.