Suspension empleo y sueldo
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Abogado de Móstoles especializado en Derecho Laboral
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Contestado
Buenos días. La ausencia injustificada se podrá descontar de la nómina y además sancionarlo según la calificación que otorgue el convenio colectivo a la falta en concreto y el régimen sancionador que prevea el propio convenio. Por tanto es completamente lícito.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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