¿Tengo que declarar un despido en la declaración de la renta?

Buenos días,

Mi caso es el siguiente: me despidieron en 2012 y no me dieron despido, los denuncié y antes de celebrar el juicio llegamos a un acuerdo de 35 días por año trabajado por casi 8 años que he estado trabajando.
El pago me lo han hecho en dos partes.
¿Tengo que declarar ese dinero?

Muchas gracias y un saludo.

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Buenas tardes:
Los despidos posteriores al 8-Julio-2012 pueden estar exentas de retención en IRPF, si se acordaron en conciliación administrativa ante el CMAC o ante el órgano judicial; a falta de ese acuerdo o de sentencia, entiendo que están sujetos a retención.
Si el despido es anterior a esa fecha, estaría exento.
Salvo mejor opinión

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

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No debed declararlo.
Atte. Manuel Alonso

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