¿Tengo derecho a una indemnización por enfermedad?

Llevo diez años en la empresa y he padecido cáncer y estoy esperando al tribunal médico. Si me dan la incapacidad laboral para mi trabajo, ¿tengo derecho al finiquito y quién me lo tiene que dar?

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
  • 1 voto útil
  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Lamento comunicarle que si se le reconoce la incapacidad permanente en el grado de total o absoluta para la profesión habitual, no tiene derecho a indemnización por cuanto no se le está despidiendo, ya que es usted el que no puede realizar su trabajo.
En cuanto a su finiquito y liquidación es la empresa la obligada a abonárselo.
Quedamos a su completa disposición por si tiene cualquier tipo de duda.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
  • 1 voto útil
Contestado

Si le dan la invalidez total la relación laboral se extingue y tiene derecho a finiquito y liquidación pero a una indemnización, porque no es un despido.

El finiquito de su relación laboral se lo dará su empresa si efectivamente le dan la invalidez total o la absoluta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100
  • 1 voto útil
Contestado

Buenos días. Únicamente podría solicitar indemnización cuando es accidente laboral o la enfermedad ha sido producida por su trabajo, si no es así no cabe indemnización. Espero que le sirva la información. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
DENUNCIA A TU EMPRESA

DENUNCIA A TU EMPRESA

Abogado de Madrid especializado en Despidos

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

No tendrá derecho a ninguna indemnización ya que no se trata de un despido sino de una extinción del contrato por pase a Incapacidad Permanente.

Podemos ayudarle. No lo dude y contacte con nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
  • 1 voto útil
Contestado

No incapacidad sobrevenida. Salvo que puedas acreditar que cáncer se debe a tu trabajo y puedas pedir una indemnización por responsabilidad civil de la empresa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
Contestado

Estimado cliente: En caso de que le den la incapacidad permanente usted tiene derecho a finiquito pero no a indemnización. Esto no quita que pueda recibir las oportunas prestaciones de la Seguridad Social.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado