¿Tengo derecho a pensión si mis padres fallecen?
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Hola buenos días, únicamente tendrías derecho a pensión de orfandad por la Seguridad Social al ser mayor de 25 años (que es tu caso), en el supuesto de que estuvieras en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Y acredites convivencia con tus padres fallecidos.
Puedes consultar en el Ayuntamiento otro tipo de ayudas sociales, pero por la Seguridad Social los requisitos son esos.
Saludos cordiales.
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañera Ana Belén Antelo.
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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
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Comparto igualmente la opinión de mis compañeros
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