Que tengo que hacer para cobrar una factura de una obra en el 2010

Tengo una factura sobre una obra ejecutada en junio del 2010, obra de carpintería en casa de mi ex consuegro, con el cual ya no me une relación alguna, la factura es legal ya que en dicha fecha yo tenía mi empresa la cual fue la que se encargó de la obra, y tengo un correo en el cual reconoce la obra ejecutada, que tengo que hacer, es en Palma de Mallorca.

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Sara Gómez Abogados

Sara Gómez Abogados

Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Penal

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Ante lo que me comenta, y dependiendo del importe de la factura, debería interponer demanda exponiendo los hechos y reclamando el pago de la misma.
En principio se trataría de un procedimiento monitorio. Se trata de un proceso rápido en el que se le da al deudor el plazo de 20 días para pagar u oponerse alegando sucintamente las causas de oposición. En este último caso se celebraría una vista.

Quedamos a su disposición para cualquier otra consulta.

Aprovechamos para informarle que nuestros números de contacto son: 971.466.192./ 971.465.869. Puede también encontrarnos en nuestra sede en Palma, en calle Francesc Barceló i Combis nº 5, 1º C, 07006.

Esperamos haberle sido de utilidad. Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Marban y asociados

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Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de Familia

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Usted puede cobrar esta factura. La Ley de enjuiciamiento civil prevé un procedimiento específico para el cobro de facturas como la suya.
En principio no tiene que haber problema, máxime cuando además ha reconocido la existencia de la deuda. Lo primero es reclamarla de manera extrajudicial y si no atiende el requerimiento en el plazo concedido, inciar la correspondiente acción judicial.
En mi despacho tenemos amplia experiencia en el cobro de deudas, por ello, le ruego se ponga en contacto con nosotros a través del teléfono 971 577 030.
Atentamente
Ignacio Marbán

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Advocat Divorci Granollers GR LEGAL

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Abogado de Granollers especializado en Derecho de Familia

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Buenos días. Como bien dice el compañero en principio no tiene que haber ningún problema para reclamar la factura impagada si está todo documentalmente bien justificado. El procedimiento indicado se denomina monitorio y fue especialmente diseñado para dar rapidez al cobro de impagados, a pesar que la carga de trabajo de los juzgados no permiten la celeridad que siempre desearíamos. Saludos.

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CEAN, SCP Abogados & Consultores
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Debería interponer una demanda reclamando el pago de la factura. Dependiendo de la cantidad de la deuda se podría tratar de un procedimiento monitorio. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración. Aprovechamos para informarle que nuestro número de contacto en Valencia es: 963 812 500 y 600 813 049.

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Ducolex

Abogado de Algaida

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En principio no veo que pueda haber inconveniente alguno para intentar su cobro judicial si amigablemente no ha contestado a los requerimientos que le haya dirigido. Le aconsejo acuda a un abogado para conocer en detalle el asunto y ver posibilidades. Gracias.

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