Tengo que pagar yo el termo?
Abogado derecho del trabajo Barcelona MC JIMÉNEZ
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
Normalmente el tema de las reparaciones es controvertido, pues la norma no es del todo clara y el dilucidar a quien corresponde una reparación a veces es complicado. Las pequeñas reparaciones de la vivienda derivadas del desgaste de uso, le corresponden a Usted como arrendatario, pero no las obras de conservación del inmueble , que además afectan a la habitabilidad del mismo. La reparación del termo, según sea la reparación, es de esta segunda, no es pequeña y afecta a la habitabilidad del inmueble. También hay que fijarse en el tipo de avería, si el termo hay que cambiarlo, posiblemente, es que haya acabado su ciclo, y debería asumir el cambio el propietario.
Envíe una comunicación escrita al propietario avisándole de que ha de cambiarlo y de que si no lo hace, lo cambiará Usted con cargo a él . Si no lo hace así y finalmente lo cambio Usted, si avisar, no podría reclamar nada.
También tiene Usted la posibilidad de resolver el contrato por incumplimiento del arrendador.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Suscribo la respuesta de MC Jiménez, pues pese a la controversia, dado el tiempo transcurrido y la imposibilidad de reparación, la sustitución correspondería al arrendador, salvo que hubiera en el contrato alguna condición que desconocemos. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Efectivamente el arrendatario debe pagar las pequeñas reparaciones por el uso del calentador pero si hay que cambiarlo porque no se puede arreglar, y esto ocurre tras solo un año y medio de entrar a vivir, es el propietario quien tendrá que soportar el pago del nuevo calentador.
Saludos
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañero de CAPN ABOGADOS.
En nuestra opinión este gasto debe asumirlo el propietario.