Tercería de dominio de un vehículo.
Buenos días,
Todo dependerá de la fecha del contrato y la fecha de la traba del embargo, en el peor de los casos, si el embargo lo conocía el vendedor en el momento de la venta, puede pedirle responsabilidades a este y que responda del embargo.
Saludos
Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho
Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal
Si ya tenía usted el contrato firmado ,el vehículo pagado y en poder suyo cuando anotaron el embargo , si que puede ejercitar la tercería de dominio.Si necesita más detalles póngase en contacto con este despacho. Atentamente.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Conforme con mis compañeros, dependerá de la fecha de realización del contrato, otros documentos como el seguro a su nombre, etc., factura de la gestoría, etc., pueden ayudarle, saludos cordiales.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Podria intentarlo si.
Habrá que comprobar la fecha en que se solicitó el embargo, porque a veces desde que el organismo lo solicita hasta que tráfico lo anota tarda un poco.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Si la anotación del embargo es posterior a la adquisición, puede ejercer una terceria de dominio, y podemos ayudarle en ello.
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