¿Tiene derecho a cobrar a los inquilinos una parte de la antena y el telefónico de la puerta?
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Hay que ver el contrato para saberlo con certeza. No obstante, el propietario es normalmente quien tiene que hacerse cargo del gasto que comentan, ya que ese gasto redunda en beneficio del inmueble. Si desea que examinemos el contrato sin ningún compromiso, puede enviárnoslo; pero si luego hay que hacer algo, se le hará el correspondiente presupuesto.
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Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
buenas tardes, si se pacto en contrato si. No es necesario que expresamente aparezca reflejado ese concepto de antena y telefonillo, simplemente con que se ponga que todos los gastos de suministros y consumos son por cuenta del inquilino, se entiende incluido en ese concepto.
quedamos a su disposición para cualquier duda.