¿Tiene derecho a cobrar a los inquilinos una parte de la antena y el telefónico de la puerta?

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Contestado

Hay que ver el contrato para saberlo con certeza. No obstante, el propietario es normalmente quien tiene que hacerse cargo del gasto que comentan, ya que ese gasto redunda en beneficio del inmueble. Si desea que examinemos el contrato sin ningún compromiso, puede enviárnoslo; pero si luego hay que hacer algo, se le hará el correspondiente presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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buenas tardes, si se pacto en contrato si. No es necesario que expresamente aparezca reflejado ese concepto de antena y telefonillo, simplemente con que se ponga que todos los gastos de suministros y consumos son por cuenta del inquilino, se entiende incluido en ese concepto.

quedamos a su disposición para cualquier duda.

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