Contrato dudas legaes

Hola Buenos días. Tras de una semana parece que encontré piso en alquiler en Barcelona. El dueño me dejará entrar desde noviembre y me envió el documento del contrate para que lo rellene y lo firme esta tarde junto con el. Tengo una pregunta sobre el contrato:
-Puede el contrato empezar con la fecha de hoy que lo firmamos, también si entraré en mi habitación el primero de noviembre, porque hasta aquel dia estará otro chico en la habitación?.
- ¿Qué validez legal tiene el contrato firmado por las dos partes legales? a parte de esto tendría que ser registrado para ser legal?.
- El dueño me deja entrar en noviembre y firmar hoy el documento, las llaves me las dejará antes de entrar el primero de noviembre, es normal?.
Espero que me podeis aclarar estas dudas.
Muchas gracias.

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ABOGADO DIVORCIOS SANTA COLOMA DE GRAMENET Marsol Jurídics
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Saludos; El contrato entra en vigor en la fecha señalada en el propio contrato. No es recomendable firmar con anterioridad a la entrada en vigor puesto que ese contrato le vinculará en la fecha que se ponga que el contrato produce efectos, pero es evidente que Vd ya asume la obligación de entrar sí o sí en noviembre. Como abogado que opera en Barcelona debo advertirle de las centenares de estafas y engaños que hay en los alquileres, con motivo de la burbuja especulativa que hay. Mi recomendación es asesorarse previamente y sobre todo revisar el contrato ante un abogado, para poder firmar tranquilo. Para cualquier duda puede ponerse en contacto con nuestro gabinete, será un placer antenderle. Atentamente; Carlos Marsol -Abogado-

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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El contrato debe entrar en vigor en la fecha que señala y no en una posterior. Eso va en su contra. Es legal si lo acepta, pero, como digo, va en su contra. Por otra parte, el contrato tiene que ser firmado por las partes contratantes, por ambas y en todas sus hojas. Respecto al registro, si se refiere a la obligación de depósito de fianza, sí ahora es obligatorio. Y respecto a las llaves, lo normal es entregar las llaves a la firma del contrato y poder ir a la vivienda en ese momento.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Hay que ver el contrato para saber si dice lo que comenta o lo interpreta mal. No obstante, puede firmarse el contrato y entrar en vigor dicho contrato en la fecha que se diga en el mismo. Si desea ampliarnos la información, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

Conforme con los compañeros

Un saludo

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