¿Tiene derecho de cortar suministro eléctrico la distribuidora?

Buenos días,

En Marzo 2016 se compra una vivienda unifamiliar en Barcelona capital.
Se realizan obras durante 12 meses.
Existe un contador y un suministro de luz, pero sin contrato. No se puede solicitar nuevo contrato de no estar conforme a la normativa la instalación eléctrica. Igualmente se presenta a la puerta cada 2/3 meses un agente de Endesa para la lectura del dicho contador.
Se entra a vivir en julio 2016, durante las obras, por ahorro de recursos.
EN Mayo 2017, Endesa realiza el corte del suministro aunque vive en la finca una pareja, con niño por nacer (nacerá el mismo mes).

-Tiene derecho de cortar el suministro Endesa ?
-Por otra parte, la misma empresa reclama el pago de 1200€, correspondiente a los 12 meses anteriores al corte, por el suministro de más de 7000KW/h. Se ha comprobado un consumo real de 1400KW/h. Endesa rechaza la lectura. Tienen derecho ?

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Contestado

Vamos por partes. Lo primero es partir del supuesto que da pie al corte de suministro y que entiendo que para Endesa debe estar en el impago consecutivo de las diversas mensualidades que reclama. Por tanto se debe aclarar todo lo relativo a esto. Que a su vez me parece puede remitir a determinar quien resultaba obligado a ese desembolso durante las obras y las condiciones de entrega del piso respecto de la instalación eléctrica en su caso (p.ej: si no se habitó el piso por la reforma y esa energía se consumió por los operarios que acometieron la reforma con motivo de sus trabajos. Y si esta reforma suponía o no la alteración de la instalación eléctrica). Con independencia de ello si el consumo verificado no coincide con el reclamado se debe impugnar las lecturas que arrojan los recibos a fin de que se ajusten al valor real de los kw consumidos. Toda vez que indica que Endesa rechaza la lectura parece que la vía que les queda es la de los servicios de consumo si no desean acudir al juzgado a reclamar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado