Titularidad tras divorcio

Ante todo muchas gracias. Se trata de un caso de divorcio de mutuo acuerdo en Cataluña. La mujer es la única titular de todas las propiedades (2 viviendas y un vehículo). No obstante, mediante dos cláusulas determina que desea cambiar la titularidad del vehículo a favor del marido que es su verdadero dueño a efectos prácticos (la mujer ni siquiera tiene permiso de circulación) y repartir a partes iguales el beneficio resultante de la futura venta de una de las propiedades. La pregunta está focalizada en la fiscalidad implicada en estas cláusulas, es decir, ¿será necesario pagar transmisiones por el vehículo? ¿Se considerará una donación repartir las ganancias de la vivienda citada? Muchas gracias de nuevo.

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Es una pregunta complicada, pues dependerá del criterio de hacienda para considerarlo de una u otra forma; hacerlo constar en el convenio es importante, además deberán intentar acreditar que el pago del vehículo o del bien a repartir, se realizó por ambos, o en el caso del vehículo, por el esposo. Debe consultarlo mas a fondo antes de hacer nada, especialmente la transmisión o venta de los bienes. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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Si la titularidad es exclusiva de la esposa al existir en Catalunya el régimen de separación de bienes, cualquier acto que se realice de entrega de dinero por la venta del inmueble se puede entender que es una donación y habría que tributar por ella. En cuanto al vehículo se tendría que liquidar el impuesto de transmisión de vehículos si tiene menos de 10 años. Un saludo de Patón Abogados

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Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

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Si se considera una donación.
Si los bienes eran privativos de la mujer y después cambia la titularidad, tendrá que pagar impuesto de transmisiones.
Puede consultar ya que si la donación se hace siendo aun esposos probablemente tenga un tipo para calcular la cuota a pagar.

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Advocat Banyoles - Q & B Advocats

Advocat Banyoles - Q & B Advocats

Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común

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Hay que pagar transmisión en el veghículo segun su edad. Y si la vivienda solo va a nombre de la mujer, se vende y se reparten la mitad, habra una donación.

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La compensación económica, la pensión compensatoria y las donaciones entre cónyuges tributan; el negocio jurídico por el que este reparto se materialice incidirá en su coste. Rosario

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Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández

Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General

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Considero que, si la vivienda y el coche son propiedad de la mujer, y se procede a darle la mitad de los mismos se trataría de una donación y tendría que tributarse por ello.

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Buenos dias.

Somos especialistas en temas de divorcio.
Le atenderemos gustosamente en nuestro despacho sin coste alguno.
Atte.
Josep Murcia I Arenas
Advocat,

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