Trámites por fallecimiento de mi padre.
La declaración de herederos -porque entiendo que no hizo testamento- se debe tramitar en la misma población en la que tuvo ultimo domicilio. Y este es un criterio territorial de donde se tiene que tramitar la declaración de herederos.
Cosa diferente es que Derecho y, por tanto, normas sucesorias (las del Derecho foral catalán o las generales del derecho civil español) se tendrá que aplicar a la herencia, sin que en ningún caso sea estrictamente necsario el desplazamiento a Galicia.
No dude en ponerse en contacto con nosotros para el asesoramiento y gestión de este herencia.
Atentamente,
Boadella Esteve advocats
Av. Diagonal, 441 5è C
Barcelona
c/e: despatx@boadellaiesteve.cat
La vecindad civil se adquiere efectivamente por el paso de 10 años, o bien por 2 años de residencia continuada si así se manifiesta por el interesado.
Independientemente, no veo ningún problema en hacer la declaración de herederos en BCN aplicando el derecho foral gallego. Pregunte a su notario.
El trámite de notario lo puede hacer aquí, pero luego debe pagar los impuestos en Galicia, nos podemos encargar de todo atte. Manuel Alonso
e mail: penalistas@hotmail.com