Vacaciones de navidad 2017
El empresario tiene derecho a pagarle las vacaciones si alega que por causas de la producción, no pueda permitir que las disfrute. En este sentido, usted no tiene derecho a elegir. Ahora bien, mire el convenio colectivo y cerciórese de la cantidad en la que deben abonarle esos días, por considerarse dias de vacaciones. Puede que tenga derecho a que se los paguen por una cantidad superior que por días ordinarios. Pablogado Servicios Jurídicos.
Buenos días
Si tienes derecho a disfrutar las vacaciones antes de acabar el año.
Pero deberías haberlas pedido 2 meses antes de comenzar su disfrute (no se si lo has hecho o no en plazo). La empresa si tiene una actividad alta en el periodo de Navidad, o muchos trabajadores se lo han pedido en esas fechas puede denegártela y reconocer (por escrito sino puedes perder esos 4 días) su disfrute para el año próximo.
Un saludo
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Las vacaciones son un derecho indisponible y no pueden ser compensadas por dinero a no ser que la relación laboral se extinga. No obstante, el trabajador tampoco puede fijarlas unilateralmente. Si la empresa se las quiere dar después de reyes, que se lo hagan constar por escrito.