¿Es válida la grabación de una conversación donde intervengo como prueba judicial?
Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
Abogado de Alcorcón especializado en Derecho de Familia
En principio valer, valen como prueba, y depende del procedimiento ( civil o penal) van a tener mas valor o menos, decimos esto porque lo que suele pasar es que dicha prueba que no deja de ser una documental, se impugne por la otra parte y el juez tire por la calle de en medio y diga lo que suelen decir todos " la admito salvo la valoración que se haga de ella posteriormente en sentencia" o lo que quiere decir " lo veo y en la sentencia no motivo mi decisión en ella pero ya la he visto y me ha influido", con lo que le recomiendo que la aporte salvo que dicha grabación este realizada en un ámbito estrictamente privado de la otra parte, que entonces tendría que valorar otras posibles implicaciones.
Estamos a su disposición y no olvide puntuar nuestra respuesta. GRACIAS.
Buenos días:
Sí que valen como prueba. Si el procedimiento ya ha sido iniciado, estas conversaciones deben ser posteriores a la presentación de la demanda, ya que si fueran anteriores no le van a permitir aportarlas una vez comenzado el procedimiento. Otra cosa es la valoración que el Juez haga de ellas para tomar la decisión que plasmará en la sentencia.
Quedamos a su disposición para lo que pueda necesitar.
Muchas gracias
Un saludo