Validez de un contrato verbal.

He vendido un negocio y verbalmente se acordaron el cumplimiento de unas obligaciones. No se puso por escrito, pero habían testigos ya que fue un acuerdo con el proveedor y conmigo.
Esta persona ha vendido el negocio y no ha cumplido lo acordado por lo que se me reclama a mi. Que puedo hacer?

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El contrato verbal es perfectamente legal salvo en los casos en los que la ley exija una forma escrita, como en caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública. Pero siendo perfectamente legales el problema para los contratos verbales es el de la prueba de su existencia, y contenido de las obligaciones, en caso de incumplimiento. Pero si Usted cuenta con testigos independientes que pueden corroborar dicho contrato y sus obligaciones, podría reclamar judicialmente al comprador el cumplimiento de lo pactado, acreditando por dichos medios la existencia y contenido de dicho contrato.

Quedamos a su disposición si le fuera preciso analizar más en profundidad el caso.
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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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El contrato verbal es perfectamente legal salvo en los casos en los que la ley exija una forma escrita, como en caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública. Pero siendo perfectamente legales el problema de los contratos verbales es el de la de la prueba de su existencia, y obligaciones, en caso de incumplimiento. Pero si Usted cuenta con testigos independientes que pueden corroborar dicho contrato y sus obligaciones, puede reclamar judicialmente al comprador el cumplimiento de lo pactado.

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Completamente de acuerdo con la respuesta del compañero, pero aconsejo que antes de exigir el cumplimiento del contrato y dado que ha vendido el negocio, se aseguren de la solvencia que pueda tener para que se pueda hacer efectiva la sentencia, en caso de que se consiga ganar el procedimiento. Si no tiene solvencia sería inutil cualquier reclamación. Quedamos a su disposición para lo que necesite.

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