Venta de un inmueble
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes, no hay una regla fija que lo determine.
No obstante, si aplican el criterio de su ex, la hipoteca también se está repartiendo al 70-30, por lo que Ud. sale perjudicado.
En mi opinión, entiendo que lo único que tendría lógica jurídica y económica sería repartir el precio de venta conforme al 70-30 y luego proceder a la cancelación de la hipoteca por mitades (90.000 € cada uno).
Así, es la única forma en la que ambas partes vuelven a la "posición inicial", ya que Ud. percibiría 120.000 € y su ex 0 €
Un saludo,
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si no cancelan la hipoteca antes de vender y el que compra les exige dicha cancelación: a) o la cancelan ustedes antes de la venta si tienen dinero para ello (algo que no suele ser lo habitual ni tampoco lo más aconsejable); b) o el comprador retendrá del precio de la venta la parte necesaria para dicha cancelación y les pagará el resto, algo que es habitual que se haga de esa manera, sin perjuicio de la liquidación final de cuentas que proceda cuando la hipoteca haya sido cancelada. Otra cosa es como se reparta el dinero que se obtenga después de todo ello, ya que tendrán que hacer cuentas entre ustedes para que cada uno reciba en proporción a su cuota de propiedad. Si desea que le ampliemos la información, puede contactar con nosotros, en cuyo caso le diremos antes lo que vale la consulta.
Buenas tardes:
No hay una regla fija ya que, por ejemplo el posible comprador se puede subrogar en la hipoteca, por lo que habrá que atenerse a los acuerdos de venta del inmueble.
Quedo a su disposición.