Venta de un inmueble

Tengo una vivienda con mi ex, y como solución vamos a vender este inmueble.
El inmueble esta ante notario con un 70% a mi nombre y el resto a nombre de mi ex
Tenemos una hipoteca (yo adelante una cantidad de dinero para la compra por eso este porcentaje) la hipoteca cubre el total de la vivienda menos la parte que yo pague, esta hipoteca la pagamos al 50%.
Al realizar la venta mi ex defiende que, hemos de quitar la parte de hipoteca, y el resto dividir al 70%-30%.

Dicho con numeros
Precio de vivienda 300.000
Aporte propio: 120.000
Hipoteca: 180.000

Aplicando su razonamiento (muy por encima) 300.000-180.000=120.000
120.000 -70%= 84.000
120.000 -30%= 36.000

No somos matrimonio las cantidades son algo relativas (aunque poco ya que apenas hemos pagado letras), pero esto realmente se hace asi? o de la venta del inmueble se reparte 70-30 y despues se cancela la hipoteca?

Muchas gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda

  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Buenas tardes, no hay una regla fija que lo determine.
No obstante, si aplican el criterio de su ex, la hipoteca también se está repartiendo al 70-30, por lo que Ud. sale perjudicado.

En mi opinión, entiendo que lo único que tendría lógica jurídica y económica sería repartir el precio de venta conforme al 70-30 y luego proceder a la cancelación de la hipoteca por mitades (90.000 € cada uno).

Así, es la única forma en la que ambas partes vuelven a la "posición inicial", ya que Ud. percibiría 120.000 € y su ex 0 €

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Si no cancelan la hipoteca antes de vender y el que compra les exige dicha cancelación: a) o la cancelan ustedes antes de la venta si tienen dinero para ello (algo que no suele ser lo habitual ni tampoco lo más aconsejable); b) o el comprador retendrá del precio de la venta la parte necesaria para dicha cancelación y les pagará el resto, algo que es habitual que se haga de esa manera, sin perjuicio de la liquidación final de cuentas que proceda cuando la hipoteca haya sido cancelada. Otra cosa es como se reparta el dinero que se obtenga después de todo ello, ya que tendrán que hacer cuentas entre ustedes para que cada uno reciba en proporción a su cuota de propiedad. Si desea que le ampliemos la información, puede contactar con nosotros, en cuyo caso le diremos antes lo que vale la consulta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes:
No hay una regla fija ya que, por ejemplo el posible comprador se puede subrogar en la hipoteca, por lo que habrá que atenerse a los acuerdos de venta del inmueble.
Quedo a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado