Aval solidario en un préstamo hipotecario, casado en régimen de gananciales.

Quisiera saber si la clausula que se firma de aval solidario se ha declarado abusiva, pues en internet en cuentro quien dice que si, otros que no, en su dia casada en régimen de gananciales compre una vivienda con el que era mi marido, con el tiempo nos divorciamos la vivienda se embargo subasto etc, a los cinco años, tuve que pedir un prestamo y pagar casi 8000 euros, no localice a mi ex, y el juzgado solo me encontró a mi, y diez años mas tarde, ahora me dicen que aun queda pendiente unos 5000 euros, en costas, mi ex me he enterado que ha fallecido hace unos meses, incluso yo me volví a casar, quisiera saber si continuo siendo avalista solidaria y me van a sacar otra vez este dinero, o si por el contrario es abusiva esta clausula, y entonces me pudiera beneficiar de ese dinero que pague hace cerca de 10 años, la casa se embargo y subasto a finales del año 1999 y principio de 2000 y aun estan sacando dinero. Muchas Gracias.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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No me queda claro su caso. Por una parte se refiere a una vivienda que compro con su marido y se subasto y por otra a un crédito posterior. ¿Quiere decir que debió pagar parcialmente ese procedimiento de ejecución de la vivienda con ese crédito usted sola? Por lo demás del 2000 aquí no van 10 sino casi 20 años y eso puede ser relevante a la hora de determinar si la ejecución judicial sigue vigente. Que la clausula sea o no abusiva poco tiene que ver con la condición de avalista sino con otros aspectos. Y en general al momento de la compra de la vivienda al estar casados respondían los dos si el crédito se les concedió a ambos y no necesariamente eso implica que usted avalase nada sino que era tan deudora principal como su marido en tanto que copropietaria de la vivienda. Hay que analizar las cláusulas de ese préstamo en cualquier caso

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Considero que si el aval es solidarios con renuncia a los beneficios de excusión, prelación y división, y se otorgó para que les dieran un préstamo para la compra de vivienda, ya hay resoluciones judiciales de los tribunales, fundamentalmente, mercantiles que dice que dicha cláusula debe reputarse nula, pero claro está esto lo tiene que decir un juez. Ahora bien, tiene que tener en cuenta que mientras esa cláusula no se considere nula por un juez, es operativa, y en principio el banco puede ir contra usted. Le sugiero que con todos los documentos que posea ponga su asunto en menos de un abogado especializado en derecho civil, y especialmente en cláusulas bancarias abusivas, para afrontar con total seguridad su defensa.

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